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ADMISIÓN PARA EL CURSO 2024/25
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Solicitud de admisión en centros docentes de Castilla y León . Educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta. Los niños/as que quieran acceder primer ciclo de educación infantil o cambiar de centro presentarán una unica solicitud si desean optar tanto a Escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Castilla y León , Centros de educación infantil y primaria (CEIP) , Centros de educación Obligatoria (CEO) o Centros que participan en la iniciativa de gratuidad de estas enseñanzas. Los centros privados NO adheridos a la iniciativa de gratuidad gestionaran su propio proceso de admisión. "Para mas información consulten en el propio centro". Acceso a la solicitud En papel clic AQUÍ (La fecha de presentación de la solicitud no afecta en absoluto a las probabilidades de adjudicación) La presentación de solicitud de plaza escolar en el período ordinario será única para todos los centros docentes incluidos en este proceso de admisión y se realizará utilizando preferentemente el formulario web específico, este puede ser utilizado tanto si se dispone de certificado electrónico cómo sino se dispone de ello. "El formulario se activará en el plazo establecido de presentación de solicitudes" Al finalizar de cumplimentar el formulario web, se mostraran 2 opciones a) "acreditación electronica de al menos uno de los solicitantes" Con carácter general, en el formulario web de solicitud se consignarán como solicitantes ambos progenitores o tutores legales del alumno. En caso de poder acreditar electrónicamente la identidad de al menos uno de los solicitantes –que deberá figurar como «solicitante 1»– mediante certificado electrónico o DNI electrónico, la cumplimentación de la solicitud proseguirá y será necesario adjuntar una declaración responsable de conformidad con la solicitud firmada por el otro progenitor. Una vez finalizada la cumplimentación y adjunta la documentación correspondiente, la solicitud será remitida de forma automática al centro docente solicitado en primera opción y el registro electrónico emitirá de forma automática un resguardo acreditativo de la prestación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen la misma. Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de la presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles. Declaración responsable Solicitud web 2024 (108.8 KB) (1 página) La declaración responsable será firmada por el progenitor/a, /tutor/a, que no hubiese cumplimentado la solicitud si lo hubiera. Para ello deberá descargarla , y una vez firmada , incorporarla como documentación adjunta.
https://www.ae.jcyl.es/reqae2/ . b) " NO se dispone de acreditación electronica " De no poder acreditar electrónicamente la identidad por los citados medios,al finalizar la cumplimentación del formulario web se generará una copia de la solicitud que será necesario imprimir, firmar por ambos solicitantes en su caso, y entregar presencialmente en el centro docente solicitado en primera opción junto con toda la documentación acreditativa que corresponda, tras lo que la solicitud adquirirá el estado de formalmente presentada. Formato papel "no se dispone de medios telemáticos" Para aquellos casos en los que no resulte posible el uso del formulario , en los centros docentes y en las direcciones provinciales de educación se dispondrá de solicitudes en formato impreso. Estas solicitudes se cumplimentarán manuscritas, firmarán y presentarán de forma presencial en el centro docente elegido como primera opción, junto con la documentación acreditativa que corresponda. Solicitud 2024 Procedimiento Ordinario (259.4 KB) (2 páginas) |
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ADMISIÓN PARA EL CURSO 2023/24 |
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(22/06/2023) ADJUDICACIÓN DEFINITVA DE VACANTES PARA EL CURSO 2023/24 |
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(08/06/2023) BAREMO DEFINITIVO DE PUNTUACIÓN PARA EL CURSO 2023/24
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PUNTUACIÓN PROVISIONAL ADMISIÓN 2023-24 |
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OBJETO Los procesos de admisión a centros docentes pretenden asignar al alumnado las plazas escolares previamente ofertadas, determinando la diferente prioridad de acceso de dicho alumnado a cada centro docente mediante la valoración de determinadas circunstancias del propio alumnado o de su familia según prevé la normativa de admisión, y considerando así mismo sus preferencias en su ejercicio de la libre elección de centro. Estos procesos de admisión son de aplicación al alumnado que pretenda acceder a centros docentes para cursar enseñanzas escolares sostenidas con fondos públicos (particularmente en caso de primera escolarización en esta Comunidad o en caso de cambios de centro), o también para acceder a determinadas enseñanzas de oferta no generalizada (como por ejemplo bachillerato de Artes o programas de Transición a la Vida Adulta). Fuera del proceso ordinario de admisión, se resolverán los supuestos excepcionales de admisión que se produzcan y el procedimiento simplificado de cambio de centro. |
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¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?Participará en el proceso ordinario de admisión el alumnado que quiera acceder a un centro docente de Castilla y León, en el que NO se encuentre actualmente escolarizado, para cursar las siguientes enseñanzas:
Por el contrario, para continuar en el mismo centro en el que se está actualmente escolarizado, no se requiere participar en el proceso de admisión, con las siguientes excepciones:
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DESCARGAS |
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Entréguese en el centro escolar elegido en primera opción junto con una fotocopia del libro de familia |
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Solicitud de admisión Curso 2023/2024. Periodo Ordinario Solicitud de admisión en centros docentes de Castilla y León. Educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta. Los niños que quieran acceder al segundo curso (1-2 años) o al tercer curso (2-3 años) de primer ciclo de educación infantil o cambiar de centro presentarán una unica solicitud si desean optar tanto a Escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Castilla y León , Centros de educación infantil y primaria (CEIP) , Centros de educación Obligatoria (CEO) o Centros que participan en la iniciativa de gratuidad de estas enseñanzas. Acceso a la solicitud La presentación de solicitud de plaza escolar en el período ordinario será única para todos los centros docentes incluidos en este proceso de admisión y se realizará utilizando preferentemente el formulario web específico, este puede ser utilizado tanto si se dispone de certificado electrónico cómo sino se dispone de ello. "El formulario se activará en el plazo establecido de presentación de solicitudes" Al finalizar de cumplimentar el formulario web, se mostraran 2 opciones a) "acreditación electronica de al menos uno de los solicitantes" Con carácter general, en el formulario web de solicitud se consignarán como solicitantes ambos progenitores o tutores legales del alumno. En caso de poder acreditar electrónicamente la identidad de al menos uno de los solicitantes –que deberá figurar como «solicitante 1»– mediante certificado electrónico o DNI electrónico, la cumplimentación de la solicitud proseguirá y será necesario adjuntar una declaración responsable de conformidad con la solicitud firmada por el otro progenitor. Una vez finalizada la cumplimentación y adjunta la documentación correspondiente, la solicitud será remitida de forma automática al centro docente solicitado en primera opción y el registro electrónico emitirá de forma automática un resguardo acreditativo de la prestación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen la misma. Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de la presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles. Declaración responsable Solicitud web 2023 (109.1 KB) (1 página) La declaración responsable será firmada por el progenitor/a, /tutor/a, que no hubiese cumplimentado la solicitud si lo hubiera. Para ello deberá descargarla , y una vez firmada , incorporarla como documentación adjunta.
https://www.ae.jcyl.es/reqae2/ . b) " NO se dispone de acreditación electronica " De no poder acreditar electrónicamente la identidad por los citados medios,al finalizar la cumplimentación del formulario web se generará una copia de la solicitud que será necesario imprimir, firmar por ambos solicitantes en su caso, y entregar presencialmente en el centro docente solicitado en primera opción junto con toda la documentación acreditativa que corresponda, tras lo que la solicitud adquirirá el estado de formalmente presentada. Formato papel "no se dispone de medios telemáticos" Para aquellos casos en los que no resulte posible el uso del formulario , en los centros docentes y en las direcciones provinciales de educación se dispondrá de solicitudes en formato impreso. Estas solicitudes se cumplimentarán manuscritas, firmarán y presentarán de forma presencial en el centro docente elegido como primera opción, junto con la documentación acreditativa que corresponda.
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¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO? La presentación de solicitud de plaza escolar en el período ordinario será única para todos los centros incluidos en este proceso de admisión y se realizará utilizando preferentemente el formulario web específico para este proceso a través de alguna de las vías habilitadas. En la cumplimentación de la solicitud se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos: Acreditación de la identidad:
Un alumno/a, una solicitud: cada alumno/a sólo podrá tener una solicitud en este proceso de admisión. De presentar varias, se tramitará con puntuación “cero” la última presentada. Sí podrán presentarse dos solicitudes para optar simultáneamente a enseñanzas de régimen especial y de régimen general, o a dos modalidades de bachillerato siendo una de ellas la de Artes (en este caso se podrá presentar una solicitud de cada modalidad, teniendo prioridad la de Artes sobre la otra). Necesidades educativas especiales: El alumnado ACNEE deberá solicitar las plazas reservadas para su escolarización en los centros docentes. La ocultación de la necesidad educativa del alumnado podrá conllevar la pérdida de la plaza adjudicada. Los participantes en el proceso de admisión que así lo hayan indicado en su solicitud podrán recibir información sobre el estado de la misma a través de mensajes SMS a su teléfono móvil. Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se aportará la siguiente documentación acreditativa de las circunstancias sujetas a baremación o tipificación que se quieran hacer valer, con las siguientes consideraciones:
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LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN Formulario web. Al finalizar de cumplimentar el formulario web se mostraran 2 opciones:
Formulario en formato impreso. En aquellos casos que no resulte posible el uso del formulario web se dispondrá de solicitudes impresas en los centros, direcciones provinciales de educación, en la Sede Electrónica y en el Portal de Educación. Se cumplimentarán de forma manuscrita, se firmarán y presentarán en el centro elegido como 1ª opción, junto con la documentación que corresponda. |
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Calendario del proceso de admisión Curso 2023/2024 |
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Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales
¿Quienes pueden participar? -Tercer curso del primer ciclo de educación infantil (2-3 años) en CEIPs (Colegio de Educación Infantil y Primaria) y CEOs (Centro de Educación Obligatoria). -2do ciclo de Educación Infantil.-Educación Primaria. -Educación Secundaria Obligatoria.-Bachillerato. ¿Cuáles son los supuestos excepcionales de escolarización? en CEIP, CEOs,IESO e IES a) Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género que conlleven la necesidad de realizar una escolarización inmediata en otro centro. Se debe aportar alguno de los siguientes documentos: Resolución judicial que otorgue orden de protección o acuerde medida cautelar a favor de la víctima de violencia de género (en tanto se dicte la orden de protección, podrá acreditarse mediante informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de tal violencia), o bien sentencia firme que declare que el solicitante padeció violencia de género, o bien certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración autonómica o local, o informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los que se declare la existencia de la violencia de género. b) Discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia. c) Traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o tutores legales. Se debe aportar uno o ambos de los siguientes documentos: Certificado o volante de empadronamiento en el que conste la fecha de alta. En el supuesto de escolarizaciones que vengan motivadas por traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o tutores legales, deberá aportarse además, cualquier documento que lo acredite. d) Incorporación al sistema educativo, cuando la escolarización no pueda tramitarse en el proceso ordinario o de haberse tramitado en éste no se hubiera obtenido plaza. Se acreditará la edad del alumnado y sus estudios o conocimientos en el supuesto de que sea posible. e) Adopción o acogimiento familiar cuya fecha de formalización no permita la participación en el proceso ordinario de admisión. Se debe aportar uno de los siguientes documentos: en caso de adopción, copia de la resolución judicial de adopción; en caso de acogimiento, certificación expedida por el organismo competente. f) Convivencia escolar desfavorable que implique la necesidad de tramitar un cambio de centro docente. La dirección provincial de educación estudiará y verificará cada caso concreto, solicitando informe del coordinador de convivencia del centro o de su inspector educativo. g) Cambios de centro docente realizados de oficio por la dirección provincial de educación en beneficio del alumnado. Se requerirá informe detallado del inspector del centro en que se encuentra escolarizado el alumno sobre la adecuación de la medida. " Las personas interesadas optarán a las plazas vacantes disponibles tras la finalización del proceso ordinario de admisión" La adjudicación de estas solicitudes se realizará al inicio del periodo lectivo del curso,según el orden de supuestos establecidos en el apartado 2 y, dentro del mismo supuesto, por el orden de presentación de las solicitudes. No obstante lo anterior, de producirse una situación de empate, se dirimirá a través de un sorteo público. ¿Cómo participo? Se presentará el formulario de solicitud de admisión, de forma presencial en el centro docente, o directamente ante la comisión de escolarización que corresponda a la provincia en que vaya a residir el alumnado. Las solicitudes asociadas a este supuesto de excepcionalidad, se gestionan en la propia Dirección Provincial. |
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Circunstancias puntuables y criterios complementariosAl cumplimentar la solicitud, será necesario marcar la casilla de "alego" para que dicha circunstacia sea baremada, solamente en la acreditación de renta anual per cápita y discapacidad será necesario su "alegación +autorización ".
En caso de empate en la puntuación, éste se dilucidará mediante la selección de aquellos que obtengan mayor puntuación aplicando uno a uno, y con carácter excluyente, los criterios que se exponen a continuación en el siguiente orden:
De mantenerse el empate, éste se resolverá mediante sorteo público realizado de acuerdo con lo que determine la consejería competente en materia de educación. Criterios complementarios
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Sorteos para la resolución de empates (Curso académico 2023/2024)Contenido
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Desistimiento de la solicitud en el proceso ordinario
Subsanación, publicación de listados de baremación y reclamaciones a los mismos
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Admisión fuera del proceso ordinario (Curso académico 2023/2024)Contenido: Las necesidades excepcionales de escolarización que se produzcan y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión se tramitarán conforme lo establecido en el procedimiento de admisión en supuestos excepcionales. Las solicitudes de admisión a instancias de las personas interesadas en realizar un cambio voluntario de centro al inicio del curso escolar se tramitarán conforme al procedimiento simplificado. Tendrán esta misma consideración aquellas solicitudes presentadas por alumnado que ha perdido su plaza por no haber formalizado la adjudicación en el proceso ordinario de admisión, mediante la matrícula en el centro adjudicado. Las solicitudes de admisión para el curso 2023-2024 que se correspondan tanto con los supuestos excepcionales c como con los cambios voluntarios de centro mediante el procedimiento simplificado, podrán presentarse entre el 3 de julio de 2023 y el 1 de septiembre (hasta las 14:00 h) en el centro docente indicado como primera opción o, de no ser ello posible, en las direcciones provinciales de educación, exceptuando las que hacen referencia a convivencia escolar desfavorable, que deberán presentarse a lo largo del curso escolar a efectos de posibilitar las gestiones previstas en el artículo 20.4 del Decreto 52/2018, de 27 de diciembre. Estas solicitudes optarán a las plazas vacantes. La solicitud para la admisión al margen del proceso ordinario estará disponible en los centros docentes, en las direcciones provinciales de educación, en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) con las instrucciones para su cumplimentación y presentación, así como información general. A esta información puede accederse a través del menú «Temas» / «Admisión de alumnado» El alumnado que solicite plaza habiendo participado previamente en el proceso ordinario de admisión, deberá indicar necesariamente el número que se asignó a su solicitud en dicho proceso. Junto a la solicitud se presentará la documentación acreditativa que se indica a continuación en atención a las situaciones que la motivan:
El desistimiento de una solicitud podrá realizarse hasta el 1 de septiembre de 2023 (hasta las 14:00 h). El desistimiento se presentará por escrito en el mismo centro docente o dirección provincial de educación en que se hubiese presentado la solicitud de admisión, adjuntando la copia de ésta. El día 1 de septiembre de 2023, la persona titular de cada dirección provincial de educación publicará en los tablones de anuncios de la dirección provincial de educación y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) las vacantes actualizadas con las posibles variaciones debidas particularmente a incidencias en la formalización de la matrícula del alumnado o a bajas sobrevenidas de alumnado ya matriculado en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato para llevar a cabo la admisión fuera del proceso ordinario. El día 4 de septiembre de 2023 a las 16:00 h se realizará el sorteo para las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, con finalidad de poder dirimir empates en el orden de preferencia de solicitudes excepcionales para la admisión a una misma plaza y para definir el orden de adjudicación de las plazas en el procedimiento simplificado de cambio de centro docente a instancias de la persona interesada. Este sorteo se llevará a cabo en la dirección y forma señalada en el apartado décimo de esta resolución. El resultado del sorteo se publicará en la siguiente dirección del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León: https://www.educa.jcyl.es/es/admision-alumnado/admision-alumnado-centros-docentes-castilla-leon. La adjudicación fuera del proceso ordinario se realizará según el orden establecido en los artículos 20 y 21 del Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, teniendo las solicitudes excepcionales prioridad sobre las de cambio voluntario de centro mediante el procedimiento simplificado. El 6 de septiembre de 2023, la persona titular de cada dirección provincial de educación aprobará mediante resolución la adjudicación de las plazas y la publicará en su tablón de anuncios, dándole publicidad en su apartado del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es). Así mismo, informará de su contenido a los centros docentes de su provincia en los que se hayan adjudicado plazas vacantes, a través de la zona de descarga de la aplicación de admisión. El alumnado que resultase adjudicatario de plaza escolar deberá formalizar dicha adjudicación dentro de las fechas que se especifiquen en la propia resolución de adjudicación, mediante la matricula en el centro adjudicado. La matriculación del alumnado por parte de las familias, en los centros públicos, así como en aquellos centros que utilicen la aplicación STILUS- Matriculación, se deberá realizar preferentemente por medios electrónicos a través de los formularios de matrícula on-line disponibles en el Portal de Educación www.educa.jcyl.es. Supuestos excepcionales de escolarización
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Información sobre protección de datosINFORMACION SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE ADMISIÓN
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LEGISLACIÓN APLICABLE Normativa reguladora de admisión en escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Castilla y LeónAdmisión del alumnado en Escuelas Infantiles de Titularidad de la Comunidad de Castilla y León Decreto 52_2018 (562.7 KB) (18 páginas) ,de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. Decreto 32_2021 (384.1 KB) (7 páginas) de 25 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León Orden EDU/95/2022 (1 MB) (20 páginas) de 14 de febrero, por la que se regula el proceso de admisión en las escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Castilla y León. Orden EDU/117/2023 (840.6 KB) (6 páginas) de 26 de enero, por la que se modifica la Orden EDU/95/2022,de 14 de febrero, por la que se regula el proceso de admisión en las escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Castilla y León. Contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León y se establecen los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo. Calendario escolar del primer ciclo de Educación Infantil Orden EDU/150/2012, de 16 de marzo, por la que se establece el calendario escolar para primer ciclo de Educación Infantil en centros de la Comunidad de Castilla y León.
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