| RELEO PLUS 2026/27 |
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26 de noviembre de 2025 SOLICITUD
Objeto: Convocar la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto “RELEO PLUS”, curso escolar 2026/2027, para proporcionar el uso gratuito de libros de texto al alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en los centros docentes de la comunidad de Castilla y León con la finalidad de garantizar el derecho fundamental a la educación y promover las condiciones de igualdad en su ejercicio. Para lograr el uso gratuito de libros de texto por parte del alumnado beneficiario el Programa «RELEO PLUS se articulará en dos fases: a) Una primera fase de concesión directa de ayudas en especie o dinerarias, dirigidas a todo el alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y cuya renta de la unidad familiar no supere el umbral establecido. El alumnado beneficiario de estas ayudas recibirá como ayuda en especie los libros de texto del banco de libros ubicado en el centro donde curse sus estudios o en el centro público al que esté adscrito el centro privado no sostenido con fondos públicos al que asista y solo en el caso de que en este no se dispusiera de las existencias requeridas se le entregará una ayuda dineraria por el importe de la adquisición de los libros necesarios con el límite establecido y previa justificación. La concesión de ayudas dinerarias será por tanto subsidiaria para aquellos beneficiarios con derecho al uso gratuito de libros de texto que no puedan recibir libros del banco por no haber existencias. En ningún caso se podrá elegir el tipo de ayuda a recibir de modo que los beneficiarios que rechacen la ayuda en especie perderán tal condición y no recibirán tampoco ayuda dineraria. b) En una segunda fase y en el caso de que una vez otorgadas las ayudas previstas en la letra a), continuaran existiendo libros de texto en el centro docente pertenecientes al Banco de libros de texto y material curricular de Castilla y León, se procederá a su entrega, por orden inverso a su nivel de renta, al alumnado que estudiando en él y no siendo beneficiario de las citadas ayudas hubiera solicitado la participación en el programa. Podrá participar en esta fase el alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. ¿Qué plazo tengo para solicitarlo? Desde el 27 de noviembre de 2025 hasta el 19 de diciembre de 2025 Lugar y Forma de presentación: Presencial (tres copias)
Electrónico
¿Quién lo puede solicitar?
¿Qué requisitos debo cumplir? Para ser beneficiarios del programa de gratuidad Para la concesión de las ayudas, en dinero o en especie, la renta de la unidad familiar en el año 2024 no deberá superar en 3,00 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) establecido para el año 2025, es decir 25.200,00 €. Dicha renta se calculará por agregación de las rentas del ejercicio 2024 de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, de la siguiente forma:
Para el cálculo de la renta familiar serán miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre o el tutor, el propio alumno, los hermanos solteros menores de veinticinco años que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que residan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2024. En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el alumno. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuya renta se incluirá dentro del cómputo familiar. En el caso de que exista custodia compartida, para la determinación de la renta se tendrá en cuenta la de los dos progenitores. Con el objeto de favorecer la concesión de las ayudas a determinados colectivos se dividirá la renta familiar por un coeficiente en base a los siguientes criterios: a) En el caso del alumnado perteneciente a una familia numerosa la renta familiar se dividirá por un coeficiente proporcional al número de hijos, del siguiente modo:
b) En el caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33% se dividirá por un coeficiente de 1,25. c) Si algún miembro de la unidad familiar ha sido reconocido como víctima de violencia de género o víctima de actos de terrorismo se dividirá por un coeficiente de 1,25. d) Cuando el alumnado pertenezca a uno de los colectivos detallados en las letras a), b) y c), si en el momento de formular la solicitud asiste a un centro educativo ubicado en un núcleo con población de hasta 10.000 habitantes, su renta familiar se dividirá por un coeficiente de 1,30, salvo en el caso de familias numerosas de entre 4 y 6 hijos y de 7 hijos o más, que se dividirá por un coeficiente corrector de 1,45 y 1,50, respectivamente. Si el alumnado, en el momento de formular su solicitud asiste a un centro educativo asentado en un núcleo rural con población inferior a 5.000 habitantes, y no pertenece a alguno de los colectivos detallados en las letras a), b) y c) de este apartado, la renta familiar se dividirá por un coeficiente corrector de 1,10. En el caso de que concurran varios criterios de los puntos anteriores se aplicará a la renta familiar únicamente el mayor de los coeficientes correctores. Para poder acceder al banco de libros del centro: Todas aquellas familias que no estén en el caso anterior. Podrán recibir libros del banco de libros de centro siempre que haya disponibilidad después de atender a los alumnos beneficiarios del programa de gratuidad. ¿Para qué es la ayuda?: En el marco del Programa de gratuidad de libros de texto “RELEO PLUS” serán subvencionables: Cuantía:
¿Qué documentos necesito? Solicitud en modelo normalizado Documento nº 1, una por alumno, que se deberá cumplimentar a través de la APLICACIÓN INFORMÁTICA, y en la misma se harán constar todos los miembros de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2024. Se calificará de solicitante al padre o madre/tutor o representante legal que firme la solicitud y cuyos datos aparezcan reflejados en primer lugar. Las solicitudes incluirán, entre otras cuestiones, el compromiso de devolver los libros subvencionados, en buen estado, en el centro donde el alumno estuviera matriculado en el curso 2026/2027. Además, la solicitud deberá ir acompañada de copia del DNI del solicitante y de los miembros de la unidad familiar mayores de catorce años, o del documento acreditativo de la identidad o de la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español, únicamente cuando el solicitante oponga EXPRESAMENTE su comprobación a la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Salvo en el caso de alumnos que tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, la solicitud también deberá acompañarse de la siguiente documentación: Documentación a presentar (163 kbytes) Organismo: Consejería / Centro Directivo: Órgano gestor: Dirección Provincial de Educación Órgano que resuelve: Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 MESES desde la entrada de las solicitudes en el registro de las direcciones provinciales de educación. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera sido publicada la resolución se podrá entender DESESTIMADAS las solicitudes. Notificaciones: Las direcciones provinciales de educación revisarán y grabarán las solicitudes y las remitirán a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado quien, en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, elaborará las listas provisionales que se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y serán objeto de publicidad en el portal de educación (htpp://www.educa.jcyl.es). El día siguiente a la publicación de estas listas supone el inicio del cómputo del plazo de diez días para la subsanación de la solicitud. La resolución de la convocatoria de participación en el Programa «Releo Plus» se realizará por la Consejera de Educación, a propuesta motivada del Director General de Innovación y Formación del Profesorado. La resolución incluirá de forma separada la relación de los beneficiarios que adquieren el derecho al uso gratuito de libros de texto y la relación de participantes que habiendo solicitado la participación en el programa no adquieran el derecho al uso gratuito de libros de texto por superar el nivel de renta exigido. Además, en la resolución se recogerá también el listado de los solicitantes que no hayan resultado beneficiarios por una causa diferente a la superación del nivel de renta, indicando la causa de esta exclusión. Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes) Información adicional: Importante
Asignación y entrega de libros
Justificación de la ayuda
Abono de las ayudas dinerarias
Protección de los datos de carácter personal: Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (57 kbytes) Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
Tramitación electrónica Descargas
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